martes, 17 de mayo de 2011

PERMISO NO RETRIBUIDO


Tod@s l@s trabajador@s con una antigüedad, al menos de un año, tendrán derecho a Licencia o Permiso no retribuido durante un mes al año, teniendo derecho a la reserva del puesto de trabajo durante la vigencia del mismo, a su puesto de trabajo, en las mismas condiciones y derechos que tenían anterior al inicio de la licencia.
Durante la duración del mismo, no se cotizará a la Seguridad Social, pero no se liquidará.
Se deberá solicitar con treinta días de antelación al inicio del mismo.


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