
Las personas que acrediten su condición de Presidente/a, vocal, Interventor/a de mesa electoral, tendrán derecho a permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si no disfrutan dicho día de descanso, y a una reducción de cinco horas en su jornada de trabajo del día 23 de mayo de 2011, siempre que justifiquen su actuación como tales. Decreto 145/2011, art.4
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